Política cultural
El Consejo de Ministros aprueba el Real Decreto del Estatuto del Artista, que deja fuera la IA
El texto definitivo incluye la obligatoriedad de contar con un coordinador de intimidad en las escenas de carácter sexual y regula el trabajo de menores de 16 años
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El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se regula la relación laboral especial de las personas artistas que desarrollan su actividad en las artes escénicas, audiovisuales y musicales, así como de las personas que realizan actividades técnicas o auxiliares necesarias para el desarrollo de dicha actividad, que afectará tanto al ámbito de aplicación, como a las actividades que se realizan y a las reglas que regulan el trabajo de menores, la contratación, la extinción, la jornada de trabajo y la retribución, entre otros aspectos. Eso sí, deja fuera las cuestiones relativas a la IA que sí estaban en anteriores borradores.
Este Real Decreto, última fase del Estatuto del Artista, incide, entre otros temas, en la protección efectiva frente a la violencia y el acoso en el que se establecen dos particularidades nuevas. Por un lado, la adaptación de protocolos a la intermitencia y brevedad de los contratos, para ganar celeridad en los procedimientos de protección de las víctimas y, por otro, la obligación de contar con una persona coordinadora de intimidad para escenas de carácter sexual.
Además, por primera vez se regula el trabajo artístico de los menores de 16 años y su autorización, y se establecen reglas claras y únicas para todo el territorio nacional, todo ello con el fin de evitar posibles abusos y prevenir también una eventual competencia desleal.
Por otra parte, el texto incorpora también los derechos de propiedad intelectual, propia imagen y otros derechos digitales de los artistas. En este sentido, será obligatorio de manera expresa y diferenciada mostrar en el recibo de salarios las retribuciones que correspondan a la persona trabajadora en el marco del contrato de trabajo por la cesión de dichos derechos exclusivos, en los casos en los que no sean objeto de gestión colectiva. Por otro lado, y respecto a la retribución y el tiempo de trabajo, se refuerzan las obligaciones de información clara y transparente de los distintos conceptos retributivos, tanto salariales como no salariales, que se tendrán que especificar de manera individualizada.
Por su parte, los sindicatos CCOO, UGT, UAA y CONARTE aplauden la entrada en vigor de esta norma, que, según destacan,” después de 40 años, permitirá adecuar el actual marco laboral a la realidad de platós, salas de conciertos y teatros”. “Esta norma reconoce derechos que los sindicatos llevamos negociando y peleando en los convenios colectivos desde hace años y que, a través del conocido como ‘Estatuto del Artista’, pasan a ser de aplicación para todas las personas trabajadoras del sector”, destacan en un comunicado conjunto que remite la Unión de Actores y Actrices.









